Defensa ante compañías de seguros

¿Qué pasa cuando un asegurado se siente inadecuadamente tratado en la resolución de un siniestro en el sector transporte por su compañía de seguros? En Talasegur, como expertos en mediación con aseguradoras, nos encargamos de las tramitaciones de estas situaciones.

Cualquier negativa de pago por parte de la compañía de seguros, total o parcial, siempre debe ser objeto de comunicación al asegurado mediante escrito enviado por la compañía de seguros, argumentando y reseñando específicamente las condiciones limitativas en las que se basa el rechazo. Una vez recibida, el asegurado debe estudiar este documento y contrastarla con las condiciones del seguro que suscribió con tal aseguradora. En Talasegur realizamos este trabajo pormenorizado, ya que los conceptos aseguradores en ocasiones son difíciles de interpretar por el cliente.

Y es que cualquier aspecto dudoso del contrato siempre favorecerá a la aseguradora, por lo que desde nuestro gabinete revisamos que no existan lagunas o debilidades en este sentido.

¿Cuáles son los pasos a seguir después del estudio de la situación?

*La contestación en tiempo y forma por parte del asegurado, por vía amistosa, remitiendo una comunicación de contestación al rechazo, antes de treinta después de haber recibido dicha comunicación negativa de parte de la compañía de seguros. La compañía de seguros deberá devolver contestación formal frente a la reclamación formulada por el asegurado.

*En caso de no recibir contestación por parte de la compañía o ser esta una reafirmación de la posición negativa inicialmente adoptada, al asegurado le queda el recurso de efectuar la reclamación al defensor del asegurado, persona interpuesta y que desde una posición neutral, a pesar de estar designada por la propia compañía de seguros puede arbitrar en el tema en cuestión.

*Si a pesar de haber desarrollado todas estas actuaciones, el resultado final sigue siendo negativo, se considerara que la actuación de la compañía de seguros fuera inadecuada y que por tanto debiera haber fallado a favor del asegurado, siempre quedará la posibilidad de interponer una acción civil contra la compañía de seguros.

*La interposición de una demanda civil por incumplimiento de contrato, siempre debería ser la última actuación contra la compañía de seguros y una vez agotadas todas las vías amistosas posibles, especialmente porque su resolución se puede retrasar considerablemente en el tiempo.

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